Acoso escolar: una lacra cada vez menos invisible

Miguel Máiquez, 13/12/2016

A pesar de que, gracias a la salida a la luz de casos especialmente graves, la concienciación social sobre el acoso escolar ha aumentado significativamente en los últimos años, el también llamado bullying (término derivado de la palabra inglesa bully, que significa matón o agresor) sigue envuelto en un manto de invisibilidad que, en muchos casos, deja impunes a los agresores y silencia a las víctimas.

Por un lado, los menores agredidos rara vez se atreven a denunciar públicamente el acoso, ya sea por temor a las represalias o por vergüenza (el estigma de su supuesta ‘debilidad’), y sus compañeros también suelen guardar silencio por miedo, igualmente, a la posible respuesta de los acosadores. Por otra parte, aún es común encontrar entre muchos adultos argumentos que minimizan el problema («cosas de chicos», «siempre ha habido peleas en los colegios»). Por último, y a pesar de la puesta en marcha de programas especiales de seguimiento en muchos centros escolares, a menudo el personal docente no dispone de los medios suficientes para poder realizar esa vigilancia, especialmente si se trata de colegios muy grandes o masificados, ni del apoyo legal necesario para enfrentarse a los padres de los presuntos acosadores en casos conflictivos.

Ante esta situación, la existencia de un canal a través del cual poder denunciar casos de acoso escolar de forma privada y efectiva puede contribuir de forma notable no solo a reforzar la confianza de las víctimas a la hora de defenderse, sino también a hacer más visible el problema para el conjunto de la sociedad.

Así parece confirmarlo, de momento, la respuesta que está obteniendo el nuevo servicio de atención telefónica contra el acoso escolar puesto en marcha por el Ministerio de Educación: en su primer mes y medio de vida, y según informó este martes el propio ministro, Íñigo Méndez de Vigo, el teléfono (900 018 018, operativo desde el pasado 1 de noviembre) ha recibido un total de 4.714 llamadas, entre las cuales se han detectado 1.594 casos potenciales de este tipo de maltrato. La cifra representa una media aproximada de 38 diarios. Todos estos casos ya se están investigando.

Éstas son, en preguntas y respuestas, algunas de las claves del acoso escolar en España, un tipo de maltrato que el ministro definió como «una de las lacras más importantes de nuestra sociedad»:

¿Qué es el acoso escolar?

Se entiende por acoso escolar (también conocido como hostigamiento escolar, maltrato escolar, o, en inglés, bullying) cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico producido entre escolares de forma reiterada y a lo largo de un tiempo determinado, tanto en el aula, como a través de las redes sociales (ciberacoso). Estadísticamente, el tipo de violencia dominante es la emocional, y se da mayoritariamente en el aula y en el patio. Los protagonistas de los casos de acoso escolar suelen ser niños y niñas en proceso de entrada en la adolescencia.

El acoso escolar se considera una forma característica y extrema de violencia escolar. En palabras de José Sanmartin, autor de Violencia y acoso escolar, «el acoso escolar es una especie de tortura, metódica y sistemática, en la que el agresor sume a la víctima, a menudo con el silencio, la indiferencia o la complicidad de otros compañeros».

Este tipo de violencia se caracteriza, por tanto, por una reiteración encaminada a conseguir la intimidación de la víctima, implicando un abuso de poder, en tanto que es ejercida por un agresor más fuerte (ya sea esta fortaleza real o percibida subjetivamente). Suelen ser más propensos a sufrir acoso escolar aquellos niños que poseen alguna diversidad funcional o discapacidad. Según Ruth Vidriales, psicóloga experta en Trastornos del Espectro del Autismo, casi la mitad de los niños con autismo sufre acoso escolar.

El suicidio del joven Jokin, en septiembre de 2004, aumentó la sensibilización social hacia este fenómeno en España. Jokin, de 14 años de edad, se quitó la vida arrojándose al vacío con su bicicleta, desde lo alto de la muralla de Hondarribia (Guipúzcoa), tras haber sufrido acoso escolar durante meses.

¿Cómo se manifiesta?

Según explican los psicólogos especialistas Iñaki Piñuel y Araceli Oñate en el libro Acoso y violencia escolar en España: Informe Cisneros X (2007), «el acoso psicológico en la escuela suele comenzar casi siempre de manera repentina con un cambio brusco en la relación entre el niño acosador y el niño que, a partir de entonces, se va a convertir en el objeto de su acoso. La relación, hasta entonces neutra o incluso positiva, se torna en un proceso de victimización sistemática».

De acuerdo con estos expertos, la gran mayoría de los procesos de acoso escolar siguen una secuencia de cuatro fases: Incidentes críticos («efecto señal» y desencadenamiento por el instigador); acoso y estigmatización escolar (repetición de los comportamientos de hostigamiento: latencia y aprendizaje de la indefensión psicológica); creación de un chivo expiatorio, con manifestaciones psicológicas y psicosomáticas graves; y victimización a largo plazo, con expulsión o autoexclusión escolar y social de la víctima y cronificación del daño.

¿Qué consecuencias puede tener?

Aparte de las posibles lesiones físicas que puedan producirse durante el acoso, el sujeto maltratado queda expuesto, tanto física como emocionalmente, ante el sujeto maltratador, generándose como consecuencia una serie de secuelas psicológicas. Es común que el acosado viva aterrorizado con la idea de asistir a la escuela y que se muestre muy nervioso, triste y solitario en su vida cotidiana. En algunos casos, la dureza de la situación puede acarrear pensamientos de suicidio e incluso su materialización.

Al margen del sufrimiento puntual que produce, el acoso puede provocar asimismo un trastorno que convierte a las víctimas en especialmente vulnerables a otros tipo de maltrato. Entre el 70% y el 80% de los niños que sufren este tipo de agresiones acaban desarrollando un trastorno mental, según los datos manejados durante el XIX Congreso Nacional de Psiquiatría, celebrado en Palma de Mallorca el pasado mes de octubre.

¿A cuántos escolares afecta?

Resulta muy difícil calcular un porcentaje preciso de los escolares que se ven afectados por este problema, ya que, aparte de que el número de denuncias no se corresponde con el número real de casos, tampoco existe un consenso entre los investigadores sobre la propia definición de acoso escolar.

No obstante, y según datos proporcionados por el Ministerio de Educación, alrededor del 4% del alumnado ha sufrido o sufre acoso escolar. Por otra parte, un estudio realizado en 2014 por la ONG Intermedia Social Innovación, y financiado por la Comisión Europea, concluyó que casi cuatro de cada diez adolescentes españoles de entre 11 y 18 años de edad han amenazado en alguna ocasión a un compañero, o le han gastado una broma humillante.

Los últimos informes insisten, en todo caso, en la proliferación del ciberacoso. Según cifras hechas públicas por Microsoft, hasta un 35% de los adolescentes españoles (entre 9 y 16 años) han sido acosados alguna vez a través de las redes sociales, y el 81% de los jóvenes españoles se sienten preocupados por este problema.

¿Cuál es el perfil de los ciberacosados?

El llamado ciberbullying representa ya uno de cada cuatro casos de acoso escolar en España, tal y como refleja el Estudio sobre ciberbullying según los afectados, elaborado por la fundación ANAR (Ayuda a Niños y Adolescentes en Riesgo) y la fundación Mutua Madrileña a partir de la base de datos de los teléfonos de ayuda de ANAR, y publicado el pasado mes de octubre.

Esta proporción, de acuerdo con el informe, aumenta con la edad, de forma que a partir de los 13 años, el 36,5% de los casos de bullying (más de uno de cada tres) son por ciberacoso. Otra conclusión destacable es que el 70% de las víctimas de ciberbullying son chicas: por cada varón que sufre ciberacoso existen 2,4 féminas en su misma situación. El estudio, que analizó 60.408 llamadas relacionadas con acoso escolar, de entre las que se siguieron 1.363 casos de bullying, indica que este mayor porcentaje de víctimas femeninas es un fenómeno que no coincide con las estadísticas del acoso escolar en general, donde el porcentaje de afectados por sexos está más equilibrado (47% de mujeres, frente a un 53% de varones).

La edad media de inicio del ciberacoso es de 13,6 años, superior a la del acoso escolar en general (11,6 años), «probablemente relacionado con el momento de acceso de los más jóvenes a las tecnologías». La agresión más habitual suele ser el insulto (62,6%), aunque también hay amenazas en el 24,3% de casos y, en menor medida, difusión de fotos y vídeos comprometedores (20,9%). El teléfono móvil es la herramienta más habitual para acosar telemáticamente y, dentro de este medio, WhatsApp es la aplicación más utilizada (81% de los afectados). El acoso a través de redes sociales lo padece una tercera parte, el 36,2%.

Según este estudio, el 92% de las víctimas sufre algún tipo de secuela psicológica, siendo la ansiedad la más frecuente, seguida de la tristeza, la soledad y la baja autoestima. Un 10% de las víctimas ha tenido conductas autolesivas, pensamientos suicidas e incluso intentos de acabar con su vida. El hostigamiento es diario para un 71,8% de las víctimas, y, como ocurre con el acoso escolar presencial, los ataques suelen prolongarse en el tiempo: un 38,1% de los casos analizados llevaba más de un año con esta situación y otro 40,7% entre un mes y un año.

¿Qué respuesta se está dando al acoso escolar?

Las comunidades autónomas (con competencias en educación) han desarrollado diversos protocolos de actuación que se activan cuando el propio acosado, un profesor o su familia comunican los hechos al director del centro escolar, quien a su vez es el responsable de abrir el procedimiento y dar cuenta al equipo orientador.

La denuncia a la Policía suele corresponder a la familia, aunque el centro, si tiene conocimiento de que al menor, por ejemplo, le esperan a la salida, o de que se dan acciones violentas, también puede (y en muchos casos, debe) apoyar esa denuncia para que se haga un seguimiento, e incluso poner los hechos en conocimiento de la Fiscalía de Menores si el caso es grave.

La Unidad de Participación Ciudadana de la Policía Nacional también se ocupa de prevenir el acoso escolar. Los agentes acuden a diario a dar charlas sobre este asunto a los colegios que lo solicitan, e informan a los menores sobre la posibilidad de que determinadas conductas sean constitutivas de delito.

Enlace a YouTube: Campaña de la Policía Nacional: Todos contra el acoso escolar

El pasado mes de enero, el Gobierno presentó 70 medidas para luchar contra el acoso escolar, dentro del Plan Estratégico de Convivencia Escolar. Entre ellas se encuentra el mencionado teléfono de atención a las víctimas; el establecimiento de un protocolo de actuación, en coordinación con las comunidades autónomas; la elaboración de una guía para los padres y de un manual de apoyo a las víctimas; la creación del Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar y del Registro Estatal de la Convivencia; y la puesta en marcha de una Red Estatal de Escuelas Tolerancia Cero, en la que se reconocerán los centros educativos que demuestren haber mejorado su convivencia mediante la implementación de planes y proyectos de participación e inclusión educativa, que prevengan situaciones de violencia, que contemplen medidas seguras de apoyo a las víctimas y que reduzcan la discriminación hacia los colectivos en situación de vulnerabilidad.

¿Qué dice la ley?

El ordenamiento jurídico español ofrece varias vías para luchar contra el acoso escolar, que no está tipificado como tal en el Código Penal, pero que, dependiendo del grado y de sus consecuencias, puede ser constitutivo de otra serie de delitos.

Los tipos penales aplicables a estos casos comprenden desde los delitos contra la integridad moral, hasta el de lesiones, pasando por el de coacciones, amenazas, e incluso el de inducción al suicidio, aunque este último tipo requiere de una serie de exigencias probatorias que hacen difícil su aplicación. La legislación contempla además la vía civil para la exigencia de indemnizaciones.

Sin embargo, y dado que la mayoría de los acosadores son menores de 18 años, a casi todos se les aplica la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal de Menor (LORPM). En este sentido, la LORPM valora siempre el «interés superior del menor», prima su reinserción social y sustituye la cárcel por centros educativos y medidas alternativas. Sólo para delitos especialmente graves y violentos, como los cometidos contra la vida, homicidios, asesinatos o contra la indemnidad sexual, prevé el internamiento en centros especializados en régimen cerrado.

La LORPM fija, además, la responsabilidad penal en 14 años, de modo que los menores de esta edad son penalmente impunes. En estos casos, solo cabe recurrir a la vía civil para obtener una indemnización por los daños causados.

En 2005, la Fiscalía General del Estado hizo pública una instrucción dirigida a los fiscales de menores sobre el tratamiento del acoso con el objetivo de inculcar una «tolerancia cero» ante este fenómeno, y un año después, el Congreso aprobó definitivamente la reforma de la Ley de Responsabilidad Penal del Menor, que contemplaba, entre otras medidas, la figura del alejamiento del agresor respecto de las víctimas de acoso escolar, así como que los jueces pudieran dictar órdenes de alejamiento del propio centro.

¿Cómo funciona el teléfono contra el acoso escolar?

El teléfono contra el acoso escolar y los malos tratos en el ámbito de los centros docentes, el 900 018 018, está operativo desde el pasado 1 de noviembre. A través de este servicio, alumnos, padres, docentes o cualquier otra persona, pueden denunciar casos relacionados con este tipo de violencia en las aulas.

El teléfono funciona las 24 horas del día, todo el año, y es gratuito y anónimo, ya que las llamadas no quedan reflejadas en la factura de los usuarios.

Las llamadas son atendidas por profesionales de psicología, juristas, sociólogos y trabajadores sociales. Los usuarios con discapacidad auditiva o del habla disponen de un servicio de mensajería de texto, así como de la atención de un agente en lenguaje de signos por vídeo-chat o vídeo-llamada.

Cualquier persona que tenga conocimiento de casos de acoso escolar, tanto dentro como fuera del colegio o instituto (también los centros españoles en el extranjero) pueden realizar una denuncia. El servicio atiende asimismo los casos de ciberacoso a través de Internet, móviles y redes sociales.

Los profesionales derivan los casos que consideren potenciales de acoso a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, a la inspección educativa, a centros de salud, al Ministerio Fiscal o otras autoridades e instituciones competentes.

¿Cómo se contabilizan los casos?

El Ministerio ha creado un fichero de «Atención de casos de acoso escolar y malos tratos en el ámbito de los centros docentes del sistema educativo español». Su objetivo es la gestión de consultas y peticiones de ayuda relativas a casos de acoso escolar, una vez recogidas a través del nuevo teléfono, por correo postal, fax y formularios impresos y electrónicos publicados en la web de Educación.

En el fichero se incluyen los datos identificativos de las personas que llaman, de la presunta víctima y del presunto agresor, así como las edades, los centros docentes y otras informaciones facilitadas por el comunicante y que resulten relevantes para gestionar los casos.

Los datos solo son utilizados para los fines expresamente previstos y por el personal debidamente autorizado.


Con información de Efe

Guardar