Acoso escolar: una lacra cada vez menos invisible

Miguel Máiquez, 13/12/2016

A pesar de que, gra­cias a la sal­i­da a la luz de casos espe­cial­mente graves, la con­cien­ciación social sobre el acoso esco­lar ha aumen­ta­do sig­ni­fica­ti­va­mente en los últi­mos años, el tam­bién lla­ma­do bul­ly­ing (tér­mi­no deriva­do de la pal­abra ingle­sa bul­ly, que sig­nifi­ca matón o agre­sor) sigue envuel­to en un man­to de invis­i­bil­i­dad que, en muchos casos, deja impunes a los agre­sores y silen­cia a las víctimas.

Por un lado, los menores agre­di­dos rara vez se atreven a denun­ciar públi­ca­mente el acoso, ya sea por temor a las repre­salias o por vergüen­za (el estig­ma de su supues­ta ‘debil­i­dad’), y sus com­pañeros tam­bién sue­len guardar silen­cio por miedo, igual­mente, a la posi­ble respues­ta de los acosadores. Por otra parte, aún es común encon­trar entre muchos adul­tos argu­men­tos que min­i­mizan el prob­le­ma («cosas de chicos», «siem­pre ha habido peleas en los cole­gios»). Por últi­mo, y a pesar de la pues­ta en mar­cha de pro­gra­mas espe­ciales de seguimien­to en muchos cen­tros esco­lares, a menudo el per­son­al docente no dispone de los medios sufi­cientes para poder realizar esa vig­i­lan­cia, espe­cial­mente si se tra­ta de cole­gios muy grandes o masi­fi­ca­dos, ni del apoyo legal nece­sario para enfrentarse a los padres de los pre­sun­tos acosadores en casos conflictivos.

Ante esta situación, la exis­ten­cia de un canal a través del cual poder denun­ciar casos de acoso esco­lar de for­ma pri­va­da y efec­ti­va puede con­tribuir de for­ma notable no solo a reforzar la con­fi­an­za de las víc­ti­mas a la hora de defend­er­se, sino tam­bién a hac­er más vis­i­ble el prob­le­ma para el con­jun­to de la sociedad.

Así parece con­fir­mar­lo, de momen­to, la respues­ta que está obte­nien­do el nue­vo ser­vi­cio de aten­ción tele­fóni­ca con­tra el acoso esco­lar puesto en mar­cha por el Min­is­te­rio de Edu­cación: en su primer mes y medio de vida, y según infor­mó este martes el pro­pio min­istro, Íñi­go Mén­dez de Vigo, el telé­fono (900 018 018, oper­a­ti­vo des­de el pasa­do 1 de noviem­bre) ha recibido un total de 4.714 lla­madas, entre las cuales se han detec­ta­do 1.594 casos poten­ciales de este tipo de mal­tra­to. La cifra rep­re­sen­ta una media aprox­i­ma­da de 38 diar­ios. Todos estos casos ya se están investigando.

Éstas son, en pre­gun­tas y respues­tas, algu­nas de las claves del acoso esco­lar en España, un tipo de mal­tra­to que el min­istro definió como «una de las lacras más impor­tantes de nues­tra sociedad»:

¿Qué es el acoso escolar?

Se entiende por acoso esco­lar (tam­bién cono­ci­do como hostigamien­to esco­lar, mal­tra­to esco­lar, o, en inglés, bul­ly­ing) cualquier for­ma de mal­tra­to psi­cológi­co, ver­bal o físi­co pro­duci­do entre esco­lares de for­ma reit­er­a­da y a lo largo de un tiem­po deter­mi­na­do, tan­to en el aula, como a través de las redes sociales (cib­er­a­coso). Estadís­ti­ca­mente, el tipo de vio­len­cia dom­i­nante es la emo­cional, y se da may­ori­tari­a­mente en el aula y en el patio. Los pro­tag­o­nistas de los casos de acoso esco­lar sue­len ser niños y niñas en pro­ce­so de entra­da en la adolescencia.

El acoso esco­lar se con­sid­era una for­ma car­ac­terís­ti­ca y extrema de vio­len­cia esco­lar. En pal­abras de José San­martin, autor de Vio­len­cia y acoso esco­lar, «el acoso esco­lar es una especie de tor­tu­ra, metódi­ca y sis­temáti­ca, en la que el agre­sor sume a la víc­ti­ma, a menudo con el silen­cio, la indifer­en­cia o la com­pli­ci­dad de otros compañeros».

Este tipo de vio­len­cia se car­ac­ter­i­za, por tan­to, por una reit­eración encam­i­na­da a con­seguir la intim­i­dación de la víc­ti­ma, impli­can­do un abu­so de poder, en tan­to que es ejer­ci­da por un agre­sor más fuerte (ya sea esta for­t­aleza real o percibi­da sub­je­ti­va­mente). Sue­len ser más propen­sos a sufrir acoso esco­lar aque­l­los niños que poseen algu­na diver­si­dad fun­cional o dis­capaci­dad. Según Ruth Vidri­ales, psicólo­ga exper­ta en Trastornos del Espec­tro del Autismo, casi la mitad de los niños con autismo sufre acoso esco­lar.

El sui­cidio del joven Jokin, en sep­tiem­bre de 2004, aumen­tó la sen­si­bi­lización social hacia este fenó­meno en España. Jokin, de 14 años de edad, se quitó la vida arro­ján­dose al vacío con su bici­cle­ta, des­de lo alto de la mural­la de Hon­dar­rib­ia (Guipúz­coa), tras haber sufri­do acoso esco­lar durante meses.

¿Cómo se manifiesta?

Según expli­can los psicól­o­gos espe­cial­is­tas Iña­ki Piñuel y Araceli Oñate en el libro Acoso y vio­len­cia esco­lar en España: Informe Cis­neros X (2007), «el acoso psi­cológi­co en la escuela suele comen­zar casi siem­pre de man­era repenti­na con un cam­bio brus­co en la relación entre el niño acosador y el niño que, a par­tir de entonces, se va a con­ver­tir en el obje­to de su acoso. La relación, has­ta entonces neu­tra o inclu­so pos­i­ti­va, se tor­na en un pro­ce­so de vic­tim­ización sistemática».

De acuer­do con estos exper­tos, la gran may­oría de los pro­ce­sos de acoso esco­lar siguen una secuen­cia de cua­tro fas­es: Inci­dentes críti­cos («efec­to señal» y des­en­ca­de­namien­to por el insti­gador); acoso y estigma­ti­zación esco­lar (repeti­ción de los com­por­tamien­tos de hostigamien­to: laten­cia y apren­diza­je de la inde­fen­sión psi­cológ­i­ca); creación de un chi­vo expi­a­to­rio, con man­i­festa­ciones psi­cológ­i­cas y psi­co­somáti­cas graves; y vic­tim­ización a largo pla­zo, con expul­sión o autoex­clusión esco­lar y social de la víc­ti­ma y cronifi­cación del daño.

¿Qué consecuencias puede tener?

Aparte de las posi­bles lesiones físi­cas que puedan pro­ducirse durante el acoso, el suje­to mal­trata­do que­da expuesto, tan­to físi­ca como emo­cional­mente, ante el suje­to mal­trata­dor, gen­erán­dose como con­se­cuen­cia una serie de secue­las psi­cológ­i­cas. Es común que el acosa­do viva ater­ror­iza­do con la idea de asi­s­tir a la escuela y que se muestre muy nervioso, triste y soli­tario en su vida cotid­i­ana. En algunos casos, la dureza de la situación puede acar­rear pen­samien­tos de sui­cidio e inclu­so su materialización.

Al mar­gen del sufrim­ien­to pun­tu­al que pro­duce, el acoso puede provo­car asimis­mo un trastorno que con­vierte a las víc­ti­mas en espe­cial­mente vul­ner­a­bles a otros tipo de mal­tra­to. Entre el 70% y el 80% de los niños que sufren este tipo de agre­siones aca­ban desar­rol­lan­do un trastorno men­tal, según los datos mane­ja­dos durante el XIX Con­gre­so Nacional de Psiquia­tría, cel­e­bra­do en Pal­ma de Mal­lor­ca el pasa­do mes de octubre.

¿A cuántos escolares afecta?

Resul­ta muy difí­cil cal­cu­lar un por­centa­je pre­ciso de los esco­lares que se ven afec­ta­dos por este prob­le­ma, ya que, aparte de que el número de denun­cias no se cor­re­sponde con el número real de casos, tam­poco existe un con­sen­so entre los inves­ti­gadores sobre la propia defini­ción de acoso escolar.

No obstante, y según datos pro­por­ciona­dos por el Min­is­te­rio de Edu­cación, alrede­dor del 4% del alum­na­do ha sufri­do o sufre acoso esco­lar. Por otra parte, un estu­dio real­iza­do en 2014 por la ONG Inter­me­dia Social Inno­vación, y finan­cia­do por la Comisión Euro­pea, con­cluyó que casi cua­tro de cada diez ado­les­centes españoles de entre 11 y 18 años de edad han ame­naza­do en algu­na ocasión a un com­pañero, o le han gas­ta­do una bro­ma humillante.

Los últi­mos informes insis­ten, en todo caso, en la pro­lif­eración del cib­er­a­coso. Según cifras hechas públi­cas por Microsoft, has­ta un 35% de los ado­les­centes españoles (entre 9 y 16 años) han sido acosa­dos algu­na vez a través de las redes sociales, y el 81% de los jóvenes españoles se sien­ten pre­ocu­pa­dos por este problema.

¿Cuál es el perfil de los ciberacosados?

El lla­ma­do ciber­bul­ly­ing rep­re­sen­ta ya uno de cada cua­tro casos de acoso esco­lar en España, tal y como refle­ja el Estu­dio sobre ciber­bul­ly­ing según los afec­ta­dos, elab­o­ra­do por la fun­dación ANAR (Ayu­da a Niños y Ado­les­centes en Ries­go) y la fun­dación Mutua Madrileña a par­tir de la base de datos de los telé­fonos de ayu­da de ANAR, y pub­li­ca­do el pasa­do mes de octubre.

Esta pro­por­ción, de acuer­do con el informe, aumen­ta con la edad, de for­ma que a par­tir de los 13 años, el 36,5% de los casos de bul­ly­ing (más de uno de cada tres) son por cib­er­a­coso. Otra con­clusión destaca­ble es que el 70% de las víc­ti­mas de ciber­bul­ly­ing son chi­cas: por cada varón que sufre cib­er­a­coso exis­ten 2,4 fémi­nas en su mis­ma situación. El estu­dio, que anal­izó 60.408 lla­madas rela­cionadas con acoso esco­lar, de entre las que se sigu­ieron 1.363 casos de bul­ly­ing, indi­ca que este may­or por­centa­je de víc­ti­mas femeni­nas es un fenó­meno que no coin­cide con las estadís­ti­cas del acoso esco­lar en gen­er­al, donde el por­centa­je de afec­ta­dos por sex­os está más equi­li­bra­do (47% de mujeres, frente a un 53% de varones).

La edad media de ini­cio del cib­er­a­coso es de 13,6 años, supe­ri­or a la del acoso esco­lar en gen­er­al (11,6 años), «prob­a­ble­mente rela­ciona­do con el momen­to de acce­so de los más jóvenes a las tec­nologías». La agre­sión más habit­u­al suele ser el insul­to (62,6%), aunque tam­bién hay ame­nazas en el 24,3% de casos y, en menor medi­da, difusión de fotos y vídeos com­pro­m­ete­dores (20,9%). El telé­fono móvil es la her­ramien­ta más habit­u­al para acosar telemáti­ca­mente y, den­tro de este medio, What­sApp es la apli­cación más uti­liza­da (81% de los afec­ta­dos). El acoso a través de redes sociales lo padece una ter­cera parte, el 36,2%.

Según este estu­dio, el 92% de las víc­ti­mas sufre algún tipo de secuela psi­cológ­i­ca, sien­do la ansiedad la más fre­cuente, segui­da de la tris­teza, la soledad y la baja autoes­ti­ma. Un 10% de las víc­ti­mas ha tenido con­duc­tas autole­si­vas, pen­samien­tos sui­ci­das e inclu­so inten­tos de acabar con su vida. El hostigamien­to es diario para un 71,8% de las víc­ti­mas, y, como ocurre con el acoso esco­lar pres­en­cial, los ataques sue­len pro­lon­garse en el tiem­po: un 38,1% de los casos anal­iza­dos llev­a­ba más de un año con esta situación y otro 40,7% entre un mes y un año.

¿Qué respuesta se está dando al acoso escolar?

Las comu­nidades autóno­mas (con com­pe­ten­cias en edu­cación) han desar­rol­la­do diver­sos pro­to­co­los de actuación que se acti­van cuan­do el pro­pio acosa­do, un pro­fe­sor o su famil­ia comu­ni­can los hechos al direc­tor del cen­tro esco­lar, quien a su vez es el respon­s­able de abrir el pro­ced­imien­to y dar cuen­ta al equipo orientador.

La denun­cia a la Policía suele cor­re­spon­der a la famil­ia, aunque el cen­tro, si tiene conocimien­to de que al menor, por ejem­p­lo, le esper­an a la sal­i­da, o de que se dan acciones vio­len­tas, tam­bién puede (y en muchos casos, debe) apo­yar esa denun­cia para que se haga un seguimien­to, e inclu­so pon­er los hechos en conocimien­to de la Fis­calía de Menores si el caso es grave.

La Unidad de Par­tic­i­pación Ciu­dadana de la Policía Nacional tam­bién se ocu­pa de pre­venir el acoso esco­lar. Los agentes acu­d­en a diario a dar char­las sobre este asun­to a los cole­gios que lo solic­i­tan, e infor­man a los menores sobre la posi­bil­i­dad de que deter­mi­nadas con­duc­tas sean con­sti­tu­ti­vas de delito.

El pasa­do mes de enero, el Gob­ier­no pre­sen­tó 70 medi­das para luchar con­tra el acoso esco­lar, den­tro del Plan Estratégi­co de Con­viven­cia Esco­lar. Entre ellas se encuen­tra el men­ciona­do telé­fono de aten­ción a las víc­ti­mas; el establec­imien­to de un pro­to­co­lo de actuación, en coor­di­nación con las comu­nidades autóno­mas; la elab­o­ración de una guía para los padres y de un man­u­al de apoyo a las víc­ti­mas; la creación del Obser­va­to­rio Estatal de la Con­viven­cia Esco­lar y del Reg­istro Estatal de la Con­viven­cia; y la pues­ta en mar­cha de una Red Estatal de Escue­las Tol­er­an­cia Cero, en la que se recono­cerán los cen­tros educa­tivos que demuestren haber mejo­ra­do su con­viven­cia medi­ante la imple­mentación de planes y proyec­tos de par­tic­i­pación e inclusión educa­ti­va, que pre­ven­gan situa­ciones de vio­len­cia, que con­tem­plen medi­das seguras de apoyo a las víc­ti­mas y que reduz­can la dis­crim­i­nación hacia los colec­tivos en situación de vulnerabilidad.

¿Qué dice la ley?

El orde­namien­to jurídi­co español ofrece varias vías para luchar con­tra el acoso esco­lar, que no está tip­i­fi­ca­do como tal en el Códi­go Penal, pero que, depen­di­en­do del gra­do y de sus con­se­cuen­cias, puede ser con­sti­tu­ti­vo de otra serie de delitos.

Los tipos penales aplic­a­bles a estos casos com­pren­den des­de los deli­tos con­tra la inte­gri­dad moral, has­ta el de lesiones, pasan­do por el de coac­ciones, ame­nazas, e inclu­so el de induc­ción al sui­cidio, aunque este últi­mo tipo requiere de una serie de exi­gen­cias pro­ba­to­rias que hacen difí­cil su apli­cación. La leg­is­lación con­tem­pla además la vía civ­il para la exi­gen­cia de indemnizaciones.

Sin embar­go, y dado que la may­oría de los acosadores son menores de 18 años, a casi todos se les apli­ca la Ley Orgáni­ca de Respon­s­abil­i­dad Penal de Menor (LORPM). En este sen­ti­do, la LORPM val­o­ra siem­pre el «interés supe­ri­or del menor», pri­ma su rein­ser­ción social y susti­tuye la cár­cel por cen­tros educa­tivos y medi­das alter­na­ti­vas. Sólo para deli­tos espe­cial­mente graves y vio­len­tos, como los cometi­dos con­tra la vida, homi­cidios, asesinatos o con­tra la indem­nidad sex­u­al, pre­vé el inter­namien­to en cen­tros espe­cial­iza­dos en rég­i­men cerrado.

La LORPM fija, además, la respon­s­abil­i­dad penal en 14 años, de modo que los menores de esta edad son penal­mente impunes. En estos casos, solo cabe recur­rir a la vía civ­il para obten­er una ind­em­nización por los daños causados.

En 2005, la Fis­calía Gen­er­al del Esta­do hizo públi­ca una instruc­ción dirigi­da a los fis­cales de menores sobre el tratamien­to del acoso con el obje­ti­vo de incul­car una «tol­er­an­cia cero» ante este fenó­meno, y un año después, el Con­gre­so aprobó defin­i­ti­va­mente la refor­ma de la Ley de Respon­s­abil­i­dad Penal del Menor, que con­tem­pla­ba, entre otras medi­das, la figu­ra del ale­jamien­to del agre­sor respec­to de las víc­ti­mas de acoso esco­lar, así como que los jue­ces pudier­an dic­tar órdenes de ale­jamien­to del pro­pio centro.

¿Cómo funciona el teléfono contra el acoso escolar?

El telé­fono con­tra el acoso esco­lar y los mal­os tratos en el ámbito de los cen­tros docentes, el 900 018 018, está oper­a­ti­vo des­de el pasa­do 1 de noviem­bre. A través de este ser­vi­cio, alum­nos, padres, docentes o cualquier otra per­sona, pueden denun­ciar casos rela­ciona­dos con este tipo de vio­len­cia en las aulas.

El telé­fono fun­ciona las 24 horas del día, todo el año, y es gra­tu­ito y anón­i­mo, ya que las lla­madas no quedan refle­jadas en la fac­tura de los usuarios.

Las lla­madas son aten­di­das por pro­fe­sion­ales de psi­cología, juris­tas, sociól­o­gos y tra­ba­jadores sociales. Los usuar­ios con dis­capaci­dad audi­ti­va o del habla dispo­nen de un ser­vi­cio de men­sajería de tex­to, así como de la aten­ción de un agente en lengua­je de sig­nos por vídeo-chat o vídeo-llamada.

Cualquier per­sona que ten­ga conocimien­to de casos de acoso esco­lar, tan­to den­tro como fuera del cole­gio o insti­tu­to (tam­bién los cen­tros españoles en el extran­jero) pueden realizar una denun­cia. El ser­vi­cio atiende asimis­mo los casos de cib­er­a­coso a través de Inter­net, móviles y redes sociales.

Los pro­fe­sion­ales derivan los casos que con­sid­eren poten­ciales de acoso a las Fuerzas y Cuer­pos de Seguri­dad del Esta­do, a la inspec­ción educa­ti­va, a cen­tros de salud, al Min­is­te­rio Fis­cal o otras autori­dades e insti­tu­ciones competentes.

¿Cómo se contabilizan los casos?

El Min­is­te­rio ha crea­do un fichero de «Aten­ción de casos de acoso esco­lar y mal­os tratos en el ámbito de los cen­tros docentes del sis­tema educa­ti­vo español». Su obje­ti­vo es la gestión de con­sul­tas y peti­ciones de ayu­da rel­a­ti­vas a casos de acoso esco­lar, una vez recogi­das a través del nue­vo telé­fono, por correo postal, fax y for­mu­la­rios impre­sos y elec­tróni­cos pub­li­ca­dos en la web de Educación.

En el fichero se incluyen los datos iden­ti­fica­tivos de las per­sonas que lla­man, de la pre­sun­ta víc­ti­ma y del pre­sun­to agre­sor, así como las edades, los cen­tros docentes y otras infor­ma­ciones facil­i­tadas por el comu­ni­cante y que resul­ten rel­e­vantes para ges­tionar los casos.

Los datos solo son uti­liza­dos para los fines expre­sa­mente pre­vis­tos y por el per­son­al debida­mente autorizado.


Con infor­ma­ción de Efe

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