Electricidad, gasolina, móviles y hasta el turrón: el poder de los oligopolios

Miguel Máiquez, 9/5/2016

Media doce­na de fab­ri­cantes de tur­rón en España, los más impor­tantes entre ellos, fueron san­ciona­dos hace unos días por la Comisión Nacional de los Mer­ca­dos y la Com­pe­ten­cia (CNMC) con una mul­ta de 6,12 mil­lones de euros por pactar para repar­tirse el mer­ca­do. En con­cre­to, y según la CNMC, las empre­sas mul­tadas inter­cam­biaron infor­ma­ción estratég­i­ca sobre pre­cios, clientes y otros datos com­er­cial­mente sen­si­bles. Es decir, actu­aron como un oli­gop­o­lio, y en con­tra de una de las leyes más impor­tantes para que el cap­i­tal­is­mo fun­cione con un mín­i­mo de con­trol y sin caer, al menos en teoría, en la ley de la jungla: la libre competencia.

El caso de los fab­ri­cantes de tur­rón puede pare­cer anecdóti­co, pero es un buen ejem­p­lo de otras situa­ciones con ras­gos de oli­gop­o­lio que nos afectan a diario y de un modo mucho más grave. Los subidones que suf­rimos en los pre­cios de la gasoli­na o en la fac­tura de la luz se rela­cio­nan des­de hace años con este tipo de prác­ti­cas, en las que han incur­ri­do empre­sas de los más diver­sos sec­tores, en un con­tex­to donde gru­pos reduci­dos de grandes com­pañías tien­den cada vez más a repar­tirse algunos de los mer­ca­dos más impor­tantes: Ende­sa, Gas Nat­ur­al e Iber­dro­la el sec­tor energéti­co; Rep­sol, Cep­sa y BP, el de los car­bu­rantes; Tele­fóni­ca, Voda­fone y Orange, el de la tele­fonía móvil…

En la teoría económi­ca, un oli­gop­o­lio (del griego oli­go, «pocos», y polio, «vende­dor») es aque­l­la situación en la que un mer­ca­do deter­mi­na­do está dom­i­na­do por un pequeño grupo de empre­sas que ofre­cen el mis­mo pro­duc­to o ser­vi­cio, y cuyo reduci­do número les per­mite estar al tan­to de sus respec­ti­vas acciones, así como pactar estrate­gias comunes para obten­er ben­efi­cios. Así, las deci­siones de una empre­sa afectan a, o influyen en, las deci­siones de las otras, estable­cién­dose una situación de equi­lib­rio en la que ningu­na de las empre­sas par­tic­i­pantes en el oli­gop­o­lio se impone al resto, y que aca­ba elim­i­nan­do la libre competencia.

Todos para uno y uno para todos

Cuan­do dos o más empre­sas de un mer­ca­do deter­mi­na­do definen que cada una actu­ará de man­era con­cer­ta­da con el resto hablam­os de «colusión». El fin de este tipo de acuer­dos es que cada una de las empre­sas par­tic­i­pantes en la colusión tome con­trol de una deter­mi­na­da por­ción del mer­ca­do en el que oper­an, con el obje­ti­vo de actu­ar de man­era monopolís­ti­ca, e impedir a otras empre­sas entrar al mercado.

En la may­oría de los país­es, y aunque en diver­sos gra­dos, las prác­ti­cas oligopóli­cas no son legales, por lo que no se lle­van a cabo abier­ta­mente. La apari­en­cia es que existe una com­pe­ten­cia real, en la que las empre­sas mantienen una lucha por obten­er la may­or cuo­ta de mer­ca­do. La real­i­dad, sin embar­go, es que estas com­pañías toman con­tin­u­a­mente deci­siones estratég­i­cas, tenien­do en cuen­ta las for­t­alezas y debil­i­dades de la estruc­tura empre­sar­i­al de cada competidor.

La posi­ción dom­i­nante de estas empre­sas y la fal­ta de com­pe­ten­cia real se tra­duce en efec­tos clara­mente neg­a­tivos para el con­sum­i­dor, incluyen­do pre­cios por enci­ma de la real­i­dad del mer­ca­do, una pro­duc­ción infe­ri­or a las necesi­dades derivadas de la deman­da, bajos nive­les de cal­i­dad, o la prác­ti­ca imposi­bil­i­dad de que se incor­poren nuevos ofer­entes a un deter­mi­na­do sector.

Los gob­ier­nos están oblig­a­dos a inter­venir para impedir, o, al menos, reg­u­lar, las situa­ciones de oli­gop­o­lio, pero a menudo no lo hacen debido a los intere­ses y depen­den­cias exis­tentes con las grandes empre­sas, o, cuan­do actúan, las san­ciones son muy asum­i­bles para unas com­pañías que dis­fru­tan de ben­efi­cios mil­lonar­ios. Por otra parte, y a pesar de que, espe­cial­mente en Europa, las leyes al respec­to son muy estric­tas, la difi­cul­tad de pro­bar las acusa­ciones, los recur­sos pre­sen­ta­dos y el carác­ter multi­na­cional de las empre­sas afec­tadas hacen que los casos de oli­gop­o­lio acaben pro­longán­dose en el tiempo.

La ley española

En España, las prác­ti­cas oligopóli­cas están con­tem­pladas en la Ley de Defen­sa de la Com­pe­ten­cia de 2007, que, en su artícu­lo 1, pro­híbe expre­sa­mente «todo acuer­do, decisión o recomen­dación colec­ti­va, o prác­ti­ca con­cer­ta­da o con­scien­te­mente para­lela, que ten­ga por obje­to, pro­duz­ca o pue­da pro­ducir el efec­to de impedir, restringir o falsear la com­pe­ten­cia en todo o parte del mer­ca­do nacional».

En con­cre­to, la Ley hace ref­er­en­cia a aque­l­los acuer­dos que, entre otras cosas, ten­gan como obje­ti­vo la fijación, de for­ma direc­ta o indi­rec­ta, de pre­cios o de otras condi­ciones com­er­ciales o de ser­vi­cio; la lim­itación o el con­trol de la pro­duc­ción, la dis­tribu­ción, el desar­rol­lo téc­ni­co o las inver­siones; el repar­to del mer­ca­do o de las fuentes de apro­vi­sion­amien­to; y la apli­cación, en las rela­ciones com­er­ciales o de ser­vi­cio, de condi­ciones desiguales para presta­ciones equiv­a­lentes que colo­quen a unos com­peti­dores en situación desven­ta­josa frente a otros.

La Ley recoge asimis­mo, en su artícu­lo 2, las situa­ciones de abu­so de posi­ción dom­i­nante, y pro­híbe la explotación abu­si­va por una o varias empre­sas de su posi­ción de dominio en todo o en parte del mer­ca­do nacional.

Monopolios

Den­tro de lo que se conoce como situa­ciones de «com­pe­ten­cia imper­fec­ta», el otro caso fun­da­men­tal es el monop­o­lio, que puede ser legal y reg­u­la­do por el Esta­do (el caso de Tele­fóni­ca en España has­ta la lib­er­al­iza­cion del mer­ca­do en 1998), pero que supone asimis­mo un abu­so de posi­ción dom­i­nante cuan­do un úni­co pro­duc­tor u ofer­ente de un deter­mi­na­do pro­duc­to posee una posi­cion de fuerza tan grande que le per­mite con­tro­lar la can­ti­dad de pro­duc­ción, fijar los pre­cios sin aten­der a leyes de ofer­ta y deman­da, o inclu­so obsta­c­ulizar el desar­rol­lo de otros com­peti­dores en su sector.

El últi­mo ejem­p­lo más son­ado en este sen­ti­do podría ser el de Google, a quien la Comisión Euro­pea aca­ba de acusar de abusar de su posi­ción dom­i­nante al obligar a los fab­ri­cantes y oper­adores de los móviles y table­tas que oper­an con Android a insta­lar de for­ma pre­de­ter­mi­na­da sus servicios.

A con­tin­uación, un repa­so a algunos de los casos más impor­tantes de pre­sun­tas prác­ti­cas oligopóli­cas y monopóli­cas en los últi­mos años:

Las eléctricas

Uno de los casos más fre­cuente­mente cita­dos como oli­gop­o­lio es el del sec­tor eléc­tri­co español, un com­ple­jo entra­ma­do en el que, además de pro­duc­tores y con­sum­i­dores, par­tic­i­pan dis­tribuidores, com­er­cial­izadores, gestores de cartera o ser­vi­cios de trans­porte, y cuya com­ple­ji­dad fun­ciona pre­cisa­mente como una autén­ti­ca bar­rera de entra­da, de modo que la cuo­ta may­ori­taria sigue «cap­tura­da» por las grandes com­pañías, las más dotadas con medios téc­ni­cos y humanos para ges­tionar este sistema.

Las tres may­ores empre­sas eléc­tri­c­as que oper­an en España (Ende­sa, Iber­dro­la y Gas Nat­ur­al) copan entre el 80% y el 90% del mer­ca­do, según explic­a­ba a este diario el econ­o­mista Ale­jan­dro Inur­ri­eta, para quien esta­mos ante «un claro ejem­p­lo de oli­gop­o­lio que nos empu­ja a pagar un pre­cio muy supe­ri­or al coste de creación de la energía». En su opinión, lle­va­mos var­ios años «sobre­pa­gan­do» con nues­tras fac­turas las indus­trias hidroeléc­tri­c­as y nuclear­es, cuyos prin­ci­pales costes ya están amortizados.

A la mis­ma con­clusión llegó la Comisión Nacional de la Energía (CNE), quien en un informe de 2012 indi­ca­ba que «más del 90% de los con­sum­i­dores de gas y elec­t­ri­ci­dad son sum­in­istra­dos por com­er­cial­izadores que pertenecen a gru­pos con activi­dades de dis­tribu­ción». Se tra­ta, pues, de un mer­ca­do en manos de pocas compañías.

En julio de 2014, la CNMC impu­so una mul­ta de 1,18 mil­lones de euros a Ende­sa por abusar de su posi­ción de dominio en el mer­ca­do de insta­la­ciones eléc­tri­c­as reser­vadas al dis­tribuidor entre 2009 y 2012. Según la CNMC, este abu­so se habría pro­duci­do de for­ma «sis­temáti­ca y reg­u­lar»: la empre­sa «no solo no cumplió con los deberes de espe­cial aten­ción y cuida­do que le cor­re­spondían como dis­tribuidor monop­o­lista, sino que fue pre­cisa­mente dicha posi­ción priv­i­le­gia­da que ocu­pa­ba en el ámbito de sus redes de dis­tribu­ción la que le per­mi­tió aplicar de for­ma arbi­traria la nor­ma sec­to­r­i­al en fun­ción de sus pro­pios intereses».

España ocu­pa el cuar­to lugar entre las fac­turas más caras de Europa, y, según el informe Análi­sis de los pre­cios de la elec­t­ri­ci­dad en la Unión Euro­pea y en Esta­dos Unidos: una per­spec­ti­va españo­la, elab­o­ra­do por el exper­to David Robin­son —asesor en mate­rias de energía de gob­ier­nos como el español, el por­tugués, el británi­co o el ital­iano— y pub­li­ca­do en octubre de 2015, la elec­t­ri­ci­dad en los hog­a­res españoles se encar­e­ció un 52% entre 2008 y 2014, un alza que dupli­ca la media de la UE.

Para la Orga­ni­zación de Con­sum­i­dores y Usuar­ios (OCU), «la ver­dadera causa» de la subi­da de la luz está en la «exis­ten­cia de un oli­gop­o­lio» y en la fal­ta de com­pe­ten­cia en el mer­ca­do. «Eso, unido a la pési­ma reg­u­lación ha prop­i­ci­a­do que en España al con­trario que otros país­es la luz haya subido más», añade.

Facua, por su parte, reclamó el pasa­do mes de enero una tar­i­fa máx­i­ma de elec­t­ri­ci­dad «total­mente reg­u­la­da», después de denun­ciar que la luz fue en 2015 un 5,3 % más cara que durante el año ante­ri­or. La aso­ciación denun­ció «la injus­ti­fi­ca­da carestía» de la luz en España, fru­to de «un mer­ca­do may­orista que favorece la espec­u­lación con los pre­cios, hin­cha­dos por el oli­gop­o­lio de las grandes eléctricas».

Iber­dro­la, Ende­sa y Gas Nat­ur­al Fenosa obtu­vieron un ben­efi­cio con­jun­to en 2015 de 5.009,6 mil­lones de euros. De las tres, Iber­dro­la reg­istró el may­or ben­efi­cio, con un total de 2.421,6 mil­lones de euros, un 4,1% más que en el ejer­ci­cio ante­ri­or; Gas Nat­ur­al Fenosa obtu­vo unas ganan­cias de 1.502 mil­lones, un 2,7% más que en 2014; y en Ende­sa el ben­efi­cio ascendió a 1.086 mil­lones de euros en 2015, frente a los 3.337 mil­lones de euros en el año ante­ri­or, en el que se incluían las plus­valías reg­istradas en 2014 por la ven­ta a Enel del nego­cio de Lati­noaméri­ca (1.764 mil­lones de euros). En 2015, la cifra de ingre­sos de las tres grandes eléc­tri­c­as ascendió a 77.732,7 mil­lones de euros, un 1,95% más que en el año 2014.

Los carburantes

Debido a que los impuestos con los que se car­ga a los car­bu­rantes son bajos en España (58%, frente al 68% de media en la UE), el pre­cio de la gasoli­na en nue­stro país no es demasi­a­do caro si se com­para con otros país­es europeos (el puesto 18 de los 28 miem­bros de la Unión). Sin embar­go, el mar­gen de ben­efi­cio que obtienen las grandes petrol­eras en España es muy alto, gra­cias a la gran rentabil­i­dad que con­siguen por cada litro de gasoli­na ven­di­do: si se dejan aparte los impuestos, el coste por litro que paga el con­sum­i­dor español es el quin­to más caro de la UE.

El mar­ca­do descen­so que ha venido exper­i­men­tan­do el pre­cio del petróleo inter­na­cional des­de hace más de un año (has­ta un 52,4% a lo largo de la segun­da mitad de 2015) no se ha tra­duci­do en España en reba­jas en el pre­cio final al con­sum­i­dor com­pa­ra­bles a las dis­fru­tadas en otros país­es europeos. Según pub­li­ca­ba en febrero el diario Cin­co Días, la media de esta reba­ja en la euro­zona fue del 34,1%, frente al 30,7% en España, casi cua­tro pun­tos de difer­en­cia a dis­posi­ción de las petrol­eras. A finales del año pasa­do, el petróleo había caí­do a mín­i­mos de 2008, pero la gasoli­na refle­ja­ba una subi­da del 40% sobre el pre­cio de aquel año.

Des­de la lib­er­al­ización de los car­bu­rantes en 1993 (has­ta entonces en manos de Camp­sa en rég­i­men de monop­o­lio),  el mer­ca­do español ha ido derivan­do hacia una situación en la que dom­i­nan clara­mente tres grandes empre­sas: Rep­sol, Cep­sa y BP. Estas com­pañías sum­in­is­tran al 83% de las gaso­lin­eras de todo el país, en un rég­i­men que favorece las prác­ti­cas oligopóli­cas de fijar pre­cios e incre­men­tar már­genes (el pre­cio de la gasoli­na en la estación de ser­vi­cio es fija­do diari­a­mente por la petrol­era). Los inten­tos de otras grandes com­pañías inter­na­cionales (Exxon, Tex­a­co, Shell) por entrar en el mer­ca­do español no han tenido éxi­to, debido, en parte, a que las tres petrol­eras men­cionadas copan los mejores pun­tos de ven­ta con con­tratos de larga duración.

En febrero de 2015, la CNMC impu­so una san­ción de 32 mil­lones de euros a cin­co petrol­eras (Rep­sol, Cep­sa, Disa, Galp y Meroil) por pactar pre­cios. La san­ción fue emi­ti­da por prác­ti­cas pro­hibidas en la coor­di­nación de pre­cios de los car­bu­rantes, así como por pactos de no agre­sión e inter­cam­bios de infor­ma­ción real­iza­dos entre las empre­sas. El grue­so de la san­ción fue para Rep­sol y Cep­sa. La primera fue mul­ta­da con 20 mil­lones y la segun­da, con 10 millones.

La propia CNMC ha pub­li­ca­do en su pági­na web has­ta 30 recomen­da­ciones para reducir el oli­gop­o­lio de los car­bu­rantes y «mejo­rar la com­pe­ten­cia en ben­efi­cio de los con­sum­i­dores y las empre­sas». Según la Comisión, «la com­pe­ten­cia en el sec­tor may­orista de los car­bu­rantes de auto­mo­ción en España es insu­fi­ciente. Aún per­sis­ten fuertes bar­reras de entra­da para los nuevos oper­adores que quier­an par­tic­i­par en este mer­ca­do y los oper­adores tradi­cionales (Rep­sol, Cep­sa y BP) tienen un poder de mer­ca­do sig­ni­fica­ti­vo y no replic­a­ble, a pesar de que los recientes cam­bios nor­ma­tivos han incre­men­ta­do la com­pe­ten­cia en las esta­ciones de servicio».

Las empresas tecnológicas y la telefonía móvil

Otro de los sec­tores con may­ores ries­gos de pre­sen­tar situa­ciones de oli­gop­o­lio es el tec­nológi­co, y, en con­cre­to, el de la tele­fonía móvil, donde los dos gigantes, Google y Apple, se reparten en torno al 95% de la cuo­ta de mer­ca­do mundial.

El pasa­do 20 de abril, la Comisión Euro­pea (CE) acusó for­mal­mente a Google de abusar de su posi­ción dom­i­nante al obligar a los fab­ri­cantes y oper­adores de los móviles y table­tas que oper­an con Android a insta­lar de for­ma pre­de­ter­mi­na­da sus ser­vi­cios, entre ellos, su bus­cador y su nave­g­ador Chrome, y no otros de sus competidores.

«El com­por­tamien­to de Google nie­ga a los con­sum­i­dores el acce­so a un aban­i­co más amplio de apli­ca­ciones y ser­vi­cios móviles, y obsta­c­uliza el camino de la inno­vación a otros actores, incumplien­do las nor­mas anti­mo­nop­o­lio de la UE», afir­mó la comis­aria europa de Com­pe­ten­cia, Mar­grethe Vestager. El sis­tema oper­a­ti­vo Android, lan­za­do al mer­ca­do en 2007, ocu­pa el 71% del mer­ca­do en Europa.

La ame­naza de una dis­pu­ta legal entre la CE y Google ya venía anun­cián­dose des­de hace tiem­po. Hace un año, la CE acusó a la fir­ma esta­dounidense de abusar de su posi­ción de dominio en las búsquedas en Inter­net al favore­cer «sis­temáti­ca­mente» su pro­duc­to de com­para­ción de com­pras en su buscador.

Como recuer­dan en el por­tal de infor­ma­ción tec­nológ­i­ca xataca.com, el hecho de ten­er una posi­ción dom­i­nante no es ile­gal, pero con­ll­e­va unas obliga­ciones reg­u­ladas por las leyes euro­peas, cuya mis­ión es ase­gu­rarse de que la empre­sa en cuestión no aproveche esta ven­ta­ja para forzar a usar sus otros ser­vi­cios. Es jus­to lo que, según la CE, estaría hacien­do Google para pro­mo­cionar sus propias solu­ciones y per­ju­dicar a la com­pe­ten­cia, al obligar a los fab­ri­cantes a pre­in­sta­lar una serie de apli­ca­ciones en sus dis­pos­i­tivos, impedir que se instal­en varia­ciones de Android (un sis­tema en códi­go abier­to), y pagar a los fab­ri­cantes por pre­in­sta­lar el bus­cador de Google de for­ma exclusiva.

En cuan­to a las oper­ado­ras de tele­fonía móvil, el mer­ca­do español se ha car­ac­ter­i­za­do históri­ca­mente por la escasa com­pe­ten­cia, espe­cial­mente en el pre­cio de las lla­madas, tal y como han puesto de man­i­fiesto numerosas denun­cias de aso­cia­ciones de con­sum­i­dores, del pro­pio órgano reg­u­lador, de la Comisión del Mer­ca­do de las Tele­co­mu­ni­ca­ciones e inclu­so de la Audi­en­cia Nacional, que en una de sus deci­siones cal­i­ficó el mer­ca­do de «oli­gop­o­lio estre­cho».

En 2007, la entonces Comisión Nacional de la Com­pe­ten­cia (aho­ra integra­da en la CNMC) abrió un expe­di­ente san­cionador con­tra los tres may­ores oper­adores en España ante acusa­ciones de pre­sun­ta con­certación de pre­cios, y, en diciem­bre de 2012, la CNC multó a Tele­fóni­ca Móviles, Voda­fone y Orange con 120 mil­lones de euros por abusar de su posi­ción en los mer­ca­dos may­oris­tas rela­ciona­dos con los men­sajes cortos.

La mul­ta, la segun­da may­or san­ción impues­ta por la CNC tras la de 120 mil­lones de euros dic­ta­da en 2009 a un grupo de ase­gu­rado­ras, fue con­fir­ma­da por el Tri­bunal Supre­mo en enero del año pasa­do. En su sen­ten­cia, el Supre­mo recogió los argu­men­tos de Com­pe­ten­cia, que cer­ti­ficó que Tele­fóni­ca, Voda­fone y Orange uti­lizaron una situación de monop­o­lio en sus ser­vi­cios de SMS para impon­er pre­cios may­oris­tas abu­sivos entre 2004 y 2009.

Los bancos

Según el informe Indi­cadores Financieros Estruc­turales de la UE, pub­li­ca­do por el Ban­co Cen­tral Europeo en 2015, España ha lid­er­a­do la con­cen­tración ban­car­ia en la Unión durante los últi­mos años, en lo que parece un camino claro hacia una situación de oligopolio.

De acuer­do con este estu­dio, en 2008, al comien­zo de la cri­sis, y antes de que comen­za­sen las fusiones de las antiguas cajas, las inter­ven­ciones del Fon­do de Reestruc­turación Orde­na­da Ban­car­ia (FROB) y las uniones no forzadas para ganar tamaño, los cin­co may­ores gru­pos ban­car­ios españoles (San­tander, BBVA, Pop­u­lar, La Caixa y Caja­Madrid) con­tro­la­ban el 43% de los activos totales de la ban­ca. España ocu­pa­ba entonces el puesto 22 de 27 país­es europeos en lo que respec­ta a con­cen­tración ban­car­ia. En 2013, el  por­centa­je super­a­ba ya el 56%, es decir, alrede­dor de 13 pun­tos más.

A la mis­ma con­clusión lle­ga­ba otro informe de situación de la ban­ca pub­li­ca­do en noviem­bre de 2014 por el equipo de análi­sis del BBVA. Según este estu­dio, las fusiones, pri­va­ti­za­ciones y absor­ciones lle­vadas a cabo en el sis­tema financiero español des­de el ini­cio de la cri­sis han dado como resul­ta­do que España ten­ga aho­ra el sis­tema financiero más con­cen­tra­do de entre los prin­ci­pales país­es europeos. No obstante, el informe añade que el gra­do de con­cen­tración en los prin­ci­pales país­es europeos (España, Ale­ma­nia, Fran­cia, Italia y Reino Unido) sigue sien­do bajo, y que no afec­ta esen­cial­mente a la competencia.

En lo que respec­ta a la cuo­ta de mer­ca­do de las prin­ci­pales enti­dades, el informe del BBVA tam­bién sitúa a España a la cabeza, con un por­centa­je del 57,4%, por enci­ma de Italia (51,5%) y del Reino Unido (52%).

La ten­den­cia, en cualquier caso, es glob­al. En todo el mun­do, tan solo 28 enti­dades financieras con­cen­tran el 90% del total de los activos financieros.

… Y el turrón

La CNMC anun­ció el pasa­do 20 de abril que había impuesto una mul­ta de 6,12 mil­lones de euros a un grupo de fab­ri­cantes de tur­rón por inten­tar repar­tirse el seg­men­to de la mar­ca blan­ca en España. Estas empre­sas, entre ellas, fab­ri­cantes de mar­cas tan impor­tantes como Delav­i­u­da, El Lobo o Antiu Xixona, «inter­cam­biaron infor­ma­ción estratég­i­ca sobre pre­cios, clientes y otros datos rel­a­tivos al mer­ca­do de sum­in­istro de tur­rones» entre abril de 2011 y noviem­bre de 2013.

El comu­ni­ca­do de la CNMC conc­re­ta que, medi­ante reuniones pres­en­ciales, con­tac­tos bilat­erales por telé­fono, corre­os elec­tróni­cos y men­sajes de móvil, los fab­ri­cantes de tur­rón trataron de repar­tirse el mer­ca­do de los prin­ci­pales dis­tribuidores del país (Alcam­po, Car­refour, Mer­cadona, DIA o El Corte Inglés) y garan­ti­zarse la cuo­ta de mer­ca­do. Los san­ciona­dos —Almen­dra y Miel, Delav­i­u­da Ali­mentación, Enrique Gar­rigós Mon­erris, Sanchís Mira, Tur­rones José Gar­rigós y Tur­rones Picó— con­cen­tran un 58% del mer­ca­do de tur­rones de mar­ca blanca.

Delav­i­u­da Ali­mentación y Sanchís Mira (fab­ri­cante de Antiu Xixona) deberán abonar las may­ores mul­tas: 2,2 mil­lones y 2,9 mil­lones de euros, respec­ti­va­mente. Ambas empre­sas defendieron su inocen­cia y anun­cia­ron que recur­rirán ante la Audi­en­cia Nacional medi­ante un recur­so con­tencioso-admin­is­tra­ti­vo, la úni­ca instan­cia disponible al care­cer de recur­so por vía admin­is­tra­ti­va. Por su parte, el grupo Almen­dra y Miel, que fab­ri­ca la mar­ca El Lobo, cal­i­ficó la mul­ta como «total­mente injus­ta y desproporcionada».

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *